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Rev. panam. salud pública ; 18(4/5): 366-373, oct.-nov. 2005.
Article in English | LILACS | ID: lil-422749

ABSTRACT

En muchos países de la región de las Américas, las personas con discapacidades mentales pueden ser recluidas en centros psiquiátricos contra su voluntad, indefinidamente, sin apenas justificación, y con poca supervisión o ninguna. Estas circunstancias son una clara violación de derechos humanos, tales como el derecho a la libertad, y del derecho al procedimiento reglamentario con todas las garantías judiciales, tal como establecen los tratados de derechos humanos con fuerza vinculante en los niveles internacional y regional. Además, muchos países de América Latina y el Caribe no han adoptado leyes específicas en materia de salud mental ni han interpretado los dictámenes constitucionales en el contexto de la salud mental de una manera acorde con los principios y recomendaciones que rigen actualmente en materia de derechos humanos. mecanismos de vigilancia y monitoreo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos pueden constituir un instrumento jurídico eficaz y de utilidad para promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidades mentales; en este sentido pueden suplementar las leyes nacionales o servir como fuente de regulación en aquellos lugares donde no existen leyes nacionales. Los países deben promulgar leyes nacionales que confieren una protección básica, de acuerdo con las garantías legales, a aquellas personas que hayan sido recluidas en centros de salud mental en contra de su voluntad. Esto ayudaría a garantizar que las personas no sean internadas y retenidas de forma arbitraria, que la discapacidad mental sea lo bastante grave como para justificar su internamiento involuntario, y que la decisión de internar y retener a la persona sea revisada periódicamente, de manera eficiente, por un tribunal independiente e imparcial. Consideramos necesaria una aplicación más rigurosa de las normas de los derechos humanos por parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, a fin de lograr que los estados se responsabilicen de la manera como tratan a las personas con discapacidades mentales y que promulguen leyes para proteger los derechos de aquellas que hayan sido recluidas en centros psiquiátricos contra su voluntad.


Subject(s)
Humans , Commitment of Mentally Ill/legislation & jurisprudence , Institutionalization , Institutionalization/legislation & jurisprudence , Mental Health , Patient Rights , Latin America
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