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Intervalo de año
1.
Med. leg. Costa Rica ; 20(2): 131-140, sept. 2003.
Artículo en Español | LILACS | ID: lil-403757

RESUMEN

La inclusión del comentario de este reglamento basa su fundamento en la necesidad de que los profesionales médicos y juristas conozcan lo concerniente a toda revisión corporal de personas privadas de libertad, ya que debe respetarse su pudor. Para estos efectos , la revisión de mujeres debe ser realizada por personal femenino. Cuando el detenido asuma una posición hostil o agresiva ante el servidor que procura la revisión corporal, debe recurrirse en primera instancia al diálogo y a la persuasión, y si se utilizará la fuerza, que sea estrictamente la necesaria para poder realizar la diligencia, para lo cual se podrá hacer uso de los instrumentos de seguridad, como la vara policial, el dispositivo de esposas, y cualquier otro autorizado por la Institución. Palabras clave: Revisión corporal, revisión de mujeres, personal femenino, vara policial, dispositivo de esposas.


Asunto(s)
Humanos , Libertad , Prisioneros , Prisiones , Costa Rica
2.
Med. leg. Costa Rica ; 19(2): 135-144, sept. 2002.
Artículo en Español | LILACS | ID: lil-325320

RESUMEN

La inclusión de este manual basa su fundamento en la necesidad de que los profesionales médicos y juristas conozcan lo concerniente a toda revisión corporal de personas privadas de libertad, ya que debe respetarse su pudor. Para estos efectos, la revisión de mujeres debe ser realizada por personal femenino, en el caso de los varones por personal masculino. Cuando el detenido asuma una posición hostil o agresiva ante el servidor que procura la revisión corporal, debe recurrirse en primera instancia al diálogo y la persuasión, y si se utilizará la fuerza que sea estrictamente la necesaria para poder realizar la diligencia, para lo cual se podrá hacer uso de los instrumentos de seguridad, como la vara policial, el dispositivo de esposas y cualquier otro autorizado por la Institución. Palabras claves: Revisión corporal, revisión de mujeres, personal femenino, vara policial, dispositivo de esposas.


Asunto(s)
Humanos , Variaciones Dependientes del Observador , Policia , Prisioneros , Prisiones , Costa Rica
3.
Med. leg. Costa Rica ; 16(1/2): 52-8, mayo-sept. 1999.
Artículo en Español | LILACS, RHS | ID: lil-281478

RESUMEN

Se expone la importancia del perito en el medio judicial, siendo éste un auxiliar del Juez para el esclarecimiento y reconocimiento de una fuente de prueba. Cita los requisitos con que debe contar dicho perito y sus responsabilidades. De faltar a estas responsabilidades el perito puede ser reprimido con prisión o con días multa. Se mencionan además los problemas de aplicación e interpretación del artículo 216 CCP sobre el inicio de las operaciones periciales y de los artículos de la Ley Orgánica del O.I.J. 39 y 55. Palabras claves: Pericia médica, perito, prueba, peritación, prisión, Ley Orgánica del O.I.J., Código Procesal Penal


Asunto(s)
Humanos , Grupos Profesionales , Medicina Legal , Jurisprudencia , Legislación , Legislación como Asunto , Médicos Forenses , Costa Rica , Fuerza Laboral en Salud/legislación & jurisprudencia
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