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1.
Rev. latinoam. bioét ; 7(12): 10-27, ene.-jul. 2007. ilus
Artículo en Español | LILACS | ID: lil-441474

RESUMEN

El presente texto se centra en el artículo 14 de la “Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos” de la UNESCO del 19-10-05, que incluye entre los principios de la bioética al de la Responsabilidad Social y Salud, lo que a mi juicio importa un significativo avance tendiente a ampliar el campo asignado a la disciplina, con el tratamiento de temassociales y económicos vinculados directa o indirectamente con la salud


Asunto(s)
Derechos Humanos/clasificación , Derechos Humanos/historia , Derechos Humanos/legislación & jurisprudencia , Derechos Humanos , Naciones Unidas/ética , Naciones Unidas
2.
Rev. latinoam. bioét ; 7(12): 126-155, ene.-jul. 2007. tab
Artículo en Español | LILACS | ID: lil-441483

RESUMEN

La dignidad humana representa desde la perspectiva social, jurídica y política, el imperativo categórico de nuestro tiempo, tal y como versa en el artículo nº 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948): ®Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos¼. La persona tiene que ser contemplada desdeel punto de vista holístico y reconocer que es un ser dotado de principios y derechos que lo deben proteger de cualquier arbitrariedad por el abuso del poder o situación de indignidad e iniquidad. Derechos y deberes que a lo largo de la historia se han conformado y positivado progresivamente, más sin embargo, no logra permear a los diversosestratos sociales y constituirse en forma integral, a pesar de ser norma común en las diversas constituciones del planeta. Epistemológicamente, la dignidad constituye un auténtico hilo conductor primario entre los ámbitos éticos, jurídicos y políticos. La dignidad humana se erige como el principio de los principios, el eje modulador de los criterios de justicia ylegalidad. De la dignidad se genera la necesaria y responsable libertad que permite al hombre y a la mujer, ser seres en busca de su autenticidad, de su comprensión de ser seres-para-la-vida, capaces de autorrealizarse con esperanza y con miras a la convivencia armónica y justa. Una dignidad que no puede disociarse del principio de individualidad, y por ende, de su integridad, privacidad e intimidad. Fundamentos que a su vez no pueden ser separados de su relación existencial con-los-otros y con-el-ambiente, en una relación homeostática social y de supervivencia de la humanidad.


Asunto(s)
Humanos , Consenso , Derechos Humanos/historia , Derechos Humanos/legislación & jurisprudencia , Derechos Humanos/lesiones , Derechos Humanos/normas , Derechos Humanos , Naciones Unidas/ética , Naciones Unidas/normas , Política
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