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Gamme d'année
1.
Rev. méd. IMSS ; 38(2): 101-111, mar.-abr. 2000. tab, CD-ROM
Article de Espagnol | LILACS | ID: lil-304420

RÉSUMÉ

Se considera que la evaluación del estado de invalidez debe efectuarse en la misma forma o con el mismo criterio con el que se autoriza la incapacidad temporal, entendiéndose ésta como pérdida de facultades y aptitudes que imposibilita, parcial o totalmente, a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. Mediante estudio observacional descriptivo se analizaron las variables edad, género y ocupación de pacientes con estado de invalidez dictaminado en unidades médicas correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social. Se estableció la comparación entre los dictámenes realizados de 1990 a 1993 y de 1994 a 1997. Se describió el perfil epidemiológico de las enfermedades que los originaron y se comparó el efecto de los procedimientos médico-legales adoptados durante dichos periodos.


Sujet(s)
Personnes handicapées , Établissements de santé , Études épidémiologiques , Législation du Travail
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