Cuando las contracciones uterinas comienzan antes del término, entre las semanas 20-37 de
gestación, es a veces necesario detener el
trabajo del
parto prematuro hasta que el
feto madure lo suficiente para asegurar su
supervivencia. El
tratamiento farmacológico se realiza con relajantes uterinos; actualmente se emplean los beta-2-
adrenérgicos. En nuestro estudio hemos utilizado
ritodrina. Los
objetivos del
trabajo son detectar y cuantificar los
efectos adversos del fármaco y prestar
cuidados de enfermería en su
administración para una mejor
prevención de éstos. Se ha realizado un
estudio observacional en una muestra de 50
pacientes diagnosticadas de
amenaza de
parto prematuro y en
tratamiento con
ritodrina. Nuestros resultados
indican que se consiguió detener el
parto en todos los
casos; sin embargo, ninguna
paciente estuvo exenta de sufrir
efectos adversos cuando la
administración se realizó por vía intravenosa, observándose con mayor frecuencia
taquicardia materna y fetal. Concluimos con la necesidad de monitorizar a las
pacientes y prestar
cuidados de enfermería para evitar las
complicaciones derivadas de la
administración a fin de conseguir una medicación más inocua y con menos riesgos (AU)